Con la implementación de los documentos tributarios electrónicos originalmente denominados Face, y la actual factura electrónica en línea (FEL), las reformas a las regulaciones del «Reglamento del Impuesto al Valor Agregado» (IVA) han ido reduciendo la validez de la versión impresa a plazo de la factura. Descripción . Por lo tanto, debemos iniciar el primer acortamiento el 9 de enero de 2013 de acuerdo con el artículo 29 del reglamento, esta cláusula anteriormente era incierta, por lo que la cláusula estipula que los documentos autorizados para ser emitidos en papel tendrán un plazo de dos años. Como período de vigencia, y en el caso de la autorización del primer documento, el período de vigencia es de un año. Posteriormente, se llevaron a cabo nuevas reformas, y se dispuso que a partir del 11 de noviembre de 2019, «los documentos autorizados por medios distintos al sistema FEL, tendrán un plazo máximo de vigencia de seis meses a partir de la fecha de la resolución de autorización».

La SAT tiene derecho a incluir a otros contribuyentes en el sistema FEL.
La última modificación se diferencia de la anterior en que se refiere a la Superintendencia de Administración Tributaria (SAT) pues puede autorizar, lo cual se explica por el hecho de que si el regulador decide autorizar un plazo más corto, puede hacerlo, y es precisamente en el lanzamiento de la FEL APP, el 2 de marzo cuando esta nueva autorización de tiempo reducido. El Director de la Superintendencia de Administración Tributaria, les informó que el plazo para aprobar la emisión de facturas en papel es de tres meses. Asimismo, el director informa que a través de la solución de autorización de facturas se notifica a los contribuyentes que deben solicitarlas a través del sistema FEL la próxima vez. El artículo 29 «A» de la Ley del Impuesto al Valor Agregado establece que las autoridades tributarias están habilitadas para permitir que más contribuyentes se registren en el sistema de factura electrónica. Por tal motivo, la emisión de facturas, el nivel de ingresos total de las facturas, las relaciones económicas. El registro cumple con la normativa de la Superintendencia de Administración Tributaria. Sistema especial u otras normas.

Al determinar que se puede aplicar otro estándar, la Superintendencia de Administración Tributaria, puede incluir más contribuyentes, por lo que no se excluyen las calificaciones de más personas naturales y jurídicas y otras entidades. Por tal motivo, es necesario notificar a los contribuyentes que son elegibles para utilizar FEL a través de notificaciones individuales al contribuyente de acuerdo con lo establecido en la Ley Tributaria. El aviso entrará en vigencia dentro de los tres meses posteriores a su emisión, de acuerdo con las regulaciones legales de las leyes especificadas.

Por otro lado, a partir del segundo semestre de 2021, es necesario considerar el contenido estipulado en el artículo 28bis de las Normas de Desarrollo de la Ley del Impuesto al Valor Agregado: FEL será el único medio autorizado por la Superintendencia de Administración Tributaria, para Emitir documentos fiscales a quienes se registren en actividades económicas por primera vez ”.

Es importante señalar que a partir de la fecha que se muestra, los nuevos contribuyentes que se registren por primera vez ya no podrán utilizar facturas en papel. La situación de las personas registradas es diferente. Mientras no se les notifique que se han unido a FEL, pueden seguir solicitándolos.